Técnicas generales de laboratorio

Aplicación de protocolos de seguridad y prevención de riesgos en el laboratorio  ❘ 47 1.2. Agente radiactivo En la mayoría de los Servicios Clínicos y Patológicos no se realiza tec- nología radiactiva. Por ello, los riesgos no están contemplados en este manual. No obstante, si se requiriera, el laboratorio sería considerado como instalación radiactiva y en consecuencia debe disponer de las correspondientes normas específicas para su utilización y autorización para el funcionamiento del mismo. Esta autorización es emitida por el organismo competente en asun- tos nucleares propio de cada país, siendo en España el Consejo de Seguridad Nuclear (CSN), único organismo competente en materia de seguridad nuclear y protección radiológica. El riesgo radiactivo es el riesgo asociado a la manipulación de material radiactivo. 1.3. Agente biológico Se incluyen, dentro de la definición de agentes biológicos, a los mi- croorganismos, a los cultivos celulares y a los endoparásitos hu- manos susceptibles de originar cualquier tipo de infección, alergia o toxicidad. Se entiende por microorganismo toda entidad microbiológica, celular o no, capaz de reproducirse o de transferir material genético, y por cultivo celular el resultado del crecimiento in vitro de células deri- vadas de organismos multicelulares. ❱  Vías de entrada. Cuando la exposición a agentes biológicos es de- bida a la actividad profesional se habla de riesgos biológicos profe- sionales. ◗  Dérmica: a través de la piel o las mucosas, debido normalmente a la utilización de ropas sucias y salpicaduras. Esta penetración se verá muy favorecida si el estado de integridad de la piel es deficiente. ◗  Digestiva: a través del aparato digestivo, debido a la inadecuada limpieza de las manos, comerse las uñas…, consumir bebidas y comidas. ◗  Aérea: a través del aparato respiratorio, por inhalación de aerosoles formados en proceso de centrifugación, mezclado, trituración, etc. ❱  Clasificación. Se clasifican en cuatro grupos de riesgo, según su diferente índice de riesgo de infección: RECUERDA QUE Según RD 664/97, se incluyen dentro de la definición de agentes biológicos a los microorganismos con inclusión de los genéticamente modificados.

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